DIVORCIO SIN BIENES
CON HIJOS MENORES MEDELLÍN
El tema de los hijos menores en el matrimonio, o en la unión de hecho, es el talón de Aquiles, al momento de pensar en el divorcio si no hay bienes, en vuestro caso, hay que expresar la voluntad de disolver el matrimonio y regular las relaciones con vuestros hijos. En el caso de hijos menores de edad y/o dependientes, el Convenio debe regular: la patria potestad, la guarda y custodia, el régimen de visitas y la cuantía de la cuota alimenticia.
En ocasiones los hijos son mayores de edad, no dependientes ni incapacitados, por lo que no se dan pensiones alimenticias.
La cuota alimentaria para tus hijos, deben de ser coherentes con los ingresos de ambos cónyuges y los gastos de los hijos. Si esto no se hace, un Juez y/o la comisaria de familia, podría desestimar la Demanda de Divorcio y el Convenio Regulador, porque ante todo, la ley velará por el bienestar de tus hijos.
Este tema lo encontramos reglado en el TÍTULO XXI, DE LOS ALIMENTOS QUE SE DEBEN POR LEY A CIERTAS PERSONAS, del código civil de Colombia.
Recomendamos leer el siguiente link:
https://encolombia.com/derecho/codigos/civil-colombiano/codcivillibro1-t21/
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