RÉGIMEN DE BIENES EN EL MATRIMONIO MEDELLIN
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La legislación colombiana, reconoce dos clases de matrimonio, el civil y el religioso, ambos producen efectos civiles. La Ley 20 de 1974 sustituyo el matrimonio único católico por el matrimonio facultativo religioso o civil. Significa esto que nuestra constitución permite el matrimonio por la religión católica o por lo civil, en otras palabras por ejemplo, si una pareja contrae nupcias por la religión Musulmana, este matrimonio no es válido en Colombia, de la misma manera tampoco se podría hacer el divorcio.
Explicado de otra manera, el artículo 19 de la constitución de Colombia garantiza la libertad de cultos, pero no significa esto que en nuestro país es válido el matrimonio por cualquier rito religioso diferente al católico, el decreto 354 de 1998, propio de la

presidencia, aprobó el convenio de derecho público interno número 1 de 1997 entre el estado colombiano y algunas entidades religiosas cristianas no católicas, por el que se aceptó no solo el matrimonio religioso bajo ritos diferentes al católico, consecuente con lo anterior, son reconocidos y validos en Colombia, una vez inscritos en el Registro Civil, sólo los matrimonios celebrados por los siguientes credos e iglesias:
Concilio de las Asambleas de Dios de Colombia, a la que pertenece la Iglesia
Comunidad Cristiana Manantial de Vida Eterna
Iglesia Cruzada Cristiana
Iglesia Cristiana Cuadrangular
Iglesia de Dios en Colombia
Casa sobre la Roca Iglesia Cristiana Integral
Iglesia Pentecostal Unida de Colombia
Denominación Misión Panamericana de Colombia
Iglesia de Dios Pentecostal Movimiento Internacional en Colombia
Iglesia Adventista del Séptimo Día de Colombia
Iglesia Wesleyana
Iglesia Cristiana de Puente Largo
Federación Consejo Evangélico de Colombia
El régimen de bienes en el matrimonio por la religión católica, o por los credos religiosos mencionados anteriormente o por lo civil se realiza de dos formas:
1. Una, acogiéndose al régimen común de la comunidad de gananciales.
2. Y la otra, por medio de capitulaciones matrimoniales, estas pueden hacerse antes o después del matrimonio si deciden separarse de bienes.
Para mayor información consultar el link:
https://www.matrimonio.com.co/articulos/regimen-matrimonial-cual-escogeran–c5792
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